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Reducción del Trasvase Tajo-Segura: decisión técnica o arbitraria

Sobre el blog

Mariano Soto García
Doctor Ingeniero Agrónomo. Secretario General C.R. Campo de Cartagena. Coordinador Cátedra Trasvase y Sostenibilidad JMC. Profesor asociado Universidad Politécnica Cartagena. Miembro Grupo Investigación Diseño y Gestión en Agricultura de Regadío.
  • Reducción Trasvase Tajo-Segura: decisión técnica o arbitraria

El pasado 10 de febrero de 2023 se publicó en el BOE el Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro, lo que supone de facto una reducción del Trasvase Tajo-Segura por la fijación de unos caudales ecológicos en el río Tajo superiores a los caudales mínimos fijados por la Ley 52/1980. En el Plan Hidrológico del Segura se señala que “a la vista de la magnitud de éstos efectos puede considerarse el escenario derivado de la aplicación de los caudales ecológicos previstos en el borrador del plan del Tajo, como un coste desproporcionado para esta demarcación hidrográfica, tanto desde el punto de vista económico, como social y ambiental. Estimando una pérdida de unos 8.060 empleos. Pero este daño puede ser aún mayor, según un estudio de la Universidad de Alicante, 15.322 personas perderían su empleo.

“Los vertidos urbanos depurados son la mayor causa de contaminación del Tajo Medio, y que ni siquiera dejando de trasvasar agua desde la cabecera se podría recuperar la calidad de las aguas del río”.

Dado el grave impacto social, económico y medioambiental que tiene esta decisión, parece lógico pensar que se debería haber tomado basándose en una justificación técnica y jurídica indiscutible, de manera consensuada y totalmente trasparente, evaluando el coste/beneficio de esta reducción del Trasvase Tajo-Segura, así como sus posibles alternativas. A continuación, se muestran aquellos aspectos que se consideran relevantes en esta cuestión.

Premeditada

El presidente del Gobierno de España, Pedro Sánchez, en un mitin en Albacete el 19 de abril de 2018, dijo: “Nuestro objetivo es el fin de los trasvases y apostar por las desaladoras. Ha llegado el momento de poner fin a la improvisación. No hay que hacer política con el agua, sino una política del agua”.

La vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico del Gobierno de España, en una entrevista en El País, publicada el 2 de julio de 2018, declaró que "algo extraordinario, como los trasvases, no se puede convertir en ordinario" y “durante muchos años hemos tenido delante el mito del déficit hídrico, cuando en realidad no hay cuencas deficitarias ni excedentarias, porque cada cuenca tiene lo propio de cada una”.

Plantea técnicamente dudas

De acuerdo con estudios elaborados por el Catedrático Luis Garrote de la Universidad Politécnica de Madrid y el biólogo Dr. Fernando José Mariño no existen motivos para incrementar el valor de caudal mínimo de 6 m³/s en el tramo Bolarque-Aranjuez a 8,65 m³/s de media, que fija el nuevo Plan Hidrológico del Tajo. Además, el Plan Hidrológico del Tajo (2015-2021) indicaba que el estado de las masas de aguas (Bolarque-Aranjuez) que se podrían ver más afectadas por el Trasvase en general se podía considerar como bueno.

Según un estudio del Observatorio del Agua de la Fundación Botín: “los vertidos urbanos depurados son la mayor causa de contaminación del Tajo Medio, y que ni siquiera dejando de trasvasar agua desde la cabecera se podría recuperar la calidad de las aguas del río”.

El Consejo de Estado, en el Dictamen nº 2051/2022, de fecha 19/1/2023 indica lo siguiente:

  • “En el asunto sometido a consulta se aprecia una falta de coordinación entre los planes hidrológicos del Tajo y del Segura que el proyecto de Real Decreto no solventa, y que puede provocar, no solamente una falta de coherencia entre los planes de cada confederación hidrográfica, sino también a una afección relevante a un elemento de la planificación hidrológica nacional como es el trasvase del Tajo -Segura”.
  • A juicio de este Consejo, la satisfacción del interés general demanda que el régimen de caudales ecológicos, completo y vinculante, que el plan del Tajo tiene necesariamente que establecer, se haga compatible con un elemento de la planificación hidrológica nacional como el del trasvase mediante el acueducto del Tajo-Segura. Esta función era la que se proponía cumplir la versión anterior de la disposición adicional novena … Sin embargo, en la redacción actual, dicha disposición adicional carece de la funcionalidad suficiente para llevar a cabo dicha coordinación y de cohonestar las necesarias exigencias de contar con caudales ecológicos en el plan del Tajo con el funcionamiento del trasvase del Tajo-Segura”.
  • “…debiera también considerarse la procedencia de establecer criterios técnicos y metodologías más detalladas para la determinación de los caudales ecológicos, fijándose por vía normativa criterios comunes para todas las demarcaciones hidrográficas, aplicables en todas las cuencas para la fijación de esos caudales; se trataría de establecer unas metodologías y criterios comunes más detallados, precisos y actualizados que los que actualmente ofrece la instrucción de planificación hidrológica, aprobada por Orden ARM/2656/2008, de 10 de septiembre, que pudieran ser adecuados para favorecer la coordinación a que se ha hecho referencia”.

Falta de fundamentos jurídicos

La Doctora en Derecho Isabel Caro-Patón, en una tribuna publicada en El Confidencial el 23 de diciembre de 2022 señaló: “La gobernanza del agua exige transparencia y respeto a la sostenibilidad. Poner fin al trasvase será una opción política para contentar a los votantes, pero desde el punto de visto jurídico es una arbitrariedad”.

En una jornada sobre el régimen jurídico de los planes hidrológicos y el conflicto sobre el trasvase Tajo-Segura, organizada por el Colegio de Abogados de Madrid el 27 de febrero de 2023, el catedrático de Derecho Administrativo Antonio Fanlo criticó la decisión sobre el caudal ecológico del Tajo que recorta el trasvase al Segura por considerar que le "faltan fundamentos jurídicos y políticos".

En opinión del profesor titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Alicante, Andrés Molina, los cinco motivos que podría concluir con la anulación del Plan del Tajo serían: (i) las insuficiencias en el proceso participativo en la elaboración de los planes hidrológicos como el del Tajo, (ii) la ausencia de concertación con los regantes del Segura, (iii) la falta de control en los estudios técnicos sin justificación, (iv) el menoscabo en los derechos de los usuarios del agua del Tajo como los agricultores de Murcia, Alicante y Almería o (v) la infracción en el cumplimiento del acuerdo por el funcionamiento del Trasvase.

“La gobernanza del agua exige transparencia y respeto a la sostenibilidad. Poner fin al trasvase será una opción política para contentar a los votantes, pero desde el punto de visto jurídico es una arbitrariedad”

Falta de transparencia

El Consejo de Estado, en el citado Dictamen n.º 2051/2022, muestra claramente la falta de transparencia que hubo en la sesión del Consejo Nacional del Agua, en la que se emitió el informe favorable a la reducción del trasvase Tajo-Segura, dado que ni siquiera se redactó el acta correspondiente:

  • De la lectura del expediente remitido al Consejo de Estado se desprende que, en efecto, el debate y la votación en el Consejo Nacional del Agua no se desarrollaron con la claridad y la transparencia con las que debieran haber transcurrido. Ello se infiere, sobre todo, de las explicaciones de voto que se adjuntan al informe del Consejo Nacional del Agua. En varias de ellas se pone de relieve que existió cierta confusión acerca de si el texto de la disposición adicional novena que se votaba era el original o el propuesto in voce por el secretario de Estado de Medio Ambiente, por lo que algunos de los votos se emitieron condicionadamente a que la redacción fuera una u otra”.
  • A juicio de este Consejo, habría sido deseable que la votación en el seno del Consejo Nacional del Agua se hubiera producido sobre una propuesta clara y concreta del texto del proyecto, preferentemente por escrito y de modo especial en relación con un aspecto tan relevante como el tratado en la disposición adicional novena, que afecta a varias cuencas hidrográficas y del que se derivan notables efectos socioeconómicos y medioambientales”.
  • De la documentación obrante en el expediente -en el que no figura ningún acta de la sesión celebrada, sino tan solo el informe emitido- no es posible conocer si lo que efectivamente se debatió y votó en el pleno del Consejo Nacional del Agua el día 29 de noviembre de 2022 fue el texto que se había remitido inicialmente a sus miembros o la modificación que propuso el secretario de Estado”.

Para finalizar, señalar que esta polémica decisión del Gobierno de recortar el Trasvase Tajo-Segura ha provocado la presentación masiva de recursos judiciales (gobiernos autonómicos, ayuntamientos, usuarios) para intentar enmendar el grave daño que ya está provocando.

NOTA: En color azul están los enlaces a diferentes fuentes de información.