La Comisión Europea ha decidido incoar un procedimiento de infracción mediante el envío de una carta de emplazamiento a Estonia [INFR(2023)2180] por no transponer ni aplicar determinadas disposiciones de la Directiva de Emisiones Industriales (la Directiva 2010/75/UE) y de la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas (la Directiva 91/271/CEE).
Con arreglo a la Directiva de Emisiones Industriales, los Estados miembros deben establecer un sistema de permisos para las instalaciones industriales pertinentes y fijar valores límite de emisión para el vertido de sustancias contaminantes industriales. Con arreglo a la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, los Estados miembros deben regular o autorizar previamente, caso por caso, la posibilidad de que los vertidos industriales se recojan y traten en los sistemas de aguas residuales urbanas.
Estonia no ha transpuesto ni aplicado correctamente las disposiciones de las dos Directivas que regulan los vertidos industriales de sustancias contaminantes al agua mediante sistemas de recogida y tratamiento de aguas residuales urbanas. Por tanto, la Comisión envía una carta de emplazamiento a Estonia, que dispone ahora de dos meses para responder a ella y subsanar las deficiencias señaladas por la Comisión. De no recibirse una respuesta satisfactoria, la Comisión podría optar por emitir un dictamen motivado.